Saltar al contenido
Host Frontera
Menú

Cómo hacer tú mismo la Renta de tu alquiler turístico

Actualizada el 3 de noviembre de 2026

Puedes presentar tú mismo la Renta de tu alquiler turístico en Renta WEB en más o menos una hora, siempre que tengas las cifras preparadas antes de empezar. La Renta es la declaración anual del impuesto sobre la renta (IRPF), y Renta WEB es la versión online de Hacienda.

Esta guía recorre la pantalla de inmuebles en el orden en que Renta WEB pide los datos, con los números de casilla del último modelo publicado, el modelo 100 de 2025. Es para propietarios con residencia fiscal en España que alquilan una vivienda a turistas, en España o en el extranjero. Todas las cifras son ejemplos, y es información general, no asesoramiento sobre tu declaración.

Primero, comprueba que es un alquiler y no una actividad económica

La mayoría de los alquileres turísticos tributan como rendimientos del capital inmobiliario, y eso es lo que cubre esta guía. Tu alquiler pasa a ser una actividad económica, con su propio apartado y sus propias reglas, si se cumple cualquiera de estas dos cosas:

Si no se cumple ninguna, sigue leyendo. Si se cumple alguna, esta guía no es la adecuada para tu caso.

Qué tener preparado antes de empezar

Reúne todo esto primero. Renta WEB no guarda bien las cifras a medio escribir, y la mayor parte de la hora se va en buscar un número.

Cómo entrar en Renta WEB

La Renta de 2026 se abre por internet a principios de abril de 2027 y termina el 30 de junio. Hacienda publica las fechas exactas en enero o febrero. El año pasado fue del 8 de abril al 30 de junio de 2026, y el pago domiciliado se cerró el 25 de junio.

Puedes entrar en Renta WEB, en la web de la Agencia Tributaria, de tres formas:

Renta WEB se abre con tus datos fiscales, lo que Hacienda ya sabe de ti, ya cargados. Tus inmuebles deberían aparecer con su referencia catastral. Puede que también veas un aviso sobre ingresos comunicados por Airbnb o Booking.com. Es un recordatorio de que debes declararlos, no la cifra que hay que poner: usa tus propios totales.

La pantalla de inmuebles, casilla a casilla

Abre la relación de inmuebles y pulsa editar en el que alquilas. Si no aparece, añádelo con Alta inmuebles. Después rellenas tres cosas: quién es el titular y dónde está, para qué se usó y las cifras del alquiler.

Titular y situación

Para qué se usó

Marca todos los usos que tuvo la vivienda durante el año. En un alquiler turístico suelen ser dos:

Si además fue tu vivienda habitual parte del año, marca también Vivienda habitual (casilla 0070).

Deja vacías las casillas del inquilino (0091 a 0098) y la de la reducción (0100). El propio modelo dice que no se rellenan en un alquiler turístico, y la reducción del 60 % por alquilar una vivienda habitual no se le aplica.

Ingresos: casilla 0102

Pon los ingresos del año (ingresos íntegros computables): lo que pagaron los huéspedes por sus estancias antes de que la plataforma cobrara su comisión, incluida la tarifa de limpieza que pagaran. La comisión de la plataforma va como gasto, más abajo. Una estancia que cruza el fin de año se reparte por noches entre los dos años.

Novedad de diciembre de 2026: IVA en los alquileres cortos. Un decreto aplica un IVA del 10 % a los alquileres amueblados de hasta 30 noches desde el 1 de diciembre de 2026, salvo que la vivienda sea tu vivienda habitual. El Congreso tiene que convalidarlo antes de mediados de noviembre de 2026. Si sigue adelante, el IVA incluido en una reserva de diciembre no es ingreso, y tendrás que darte de alta en el IVA y presentarlo cada trimestre.

Gastos

Los gastos de todo el año, como el IBI, el seguro, la comunidad y los suministros, solo cuentan por la parte del año en que la vivienda estuvo alquilada. Si estuvo alquilada 146 días de 365, es el 40 % de cada uno. Los gastos de cada estancia, como la limpieza y la comisión de la plataforma, cuentan enteros.

Renta WEB calcula el rendimiento neto (casilla 0149) restando de los ingresos todas estas casillas, la amortización y los importes con límite.

Días sin alquilar: la imputación de rentas

Por cada día que la vivienda fue tuya pero no estuvo alquilada, y no era tu vivienda habitual, la Renta suma un pequeño ingreso teórico (imputación de rentas inmobiliarias). Tributa aunque nadie te haya pagado nada, y las noches vacías entre reservas también cuentan.

Es el 2 % al año del valor catastral de la vivienda, o el 1,1 % si los valores catastrales de tu municipio se revisaron en una valoración colectiva general que entró en vigor a partir de 2012. La web del Catastro o tu ayuntamiento te pueden decir cuándo fue. Renta WEB lo calcula con estas casillas:

Un ejemplo: un valor catastral de 80.000 €, revisado en 2014, y 219 días sin alquilar. Son 80.000 € × 1,1 % × 219 ÷ 365 = 528 € de ingreso, sin gastos que restar.

Dos cosas que conviene saber:

Intereses y reparaciones: el límite

Los intereses de la hipoteca y las reparaciones, sumados, no pueden superar los ingresos de la vivienda en el año. Lo que pase del límite no se pierde: se arrastra y puedes usarlo en cualquiera de los cuatro años siguientes, con el mismo límite.

Un ejemplo: ingresos de 6.000 €, intereses de 3.500 € y reparaciones de 3.100 €. Suman 6.600 €, así que 6.000 € van a la casilla 0107 y 600 € a la 0108 para el año que viene. Los demás gastos no tienen límite, así que la vivienda puede dar pérdidas igualmente.

El límite solo se nota en un año flojo o con una reparación grande. Cuando pasa, la casilla 0108 es el número que hay que guardar: la declaración del año que viene lo necesita, y nadie te lo va a recordar.

Amortización: el gasto que más se olvida

Puedes deducir el 3 % al año de lo que te costó el edificio, no el suelo, por los días que la vivienda estuvo alquilada. No cuesta nada aplicarla y muchos propietarios se la dejan.

La base es la mayor de estas dos cifras:

Renta WEB pide las piezas y hace la cuenta:

Un ejemplo: comprada por 150.000 € más 15.000 € de gastos. El valor catastral es de 80.000 €, de los que 48.000 € son la construcción, así que la construcción es el 60 %. La base es 165.000 € × 60 % = 99.000 €, más que 48.000 €. El 3 % son 2.970 € en un año completo, y 1.188 € con 146 días alquilada.

Muebles y electrodomésticos van en la casilla 0117: el 10 % al año de lo que costó cada uno, desde la fecha de compra, también por la parte del año alquilada. Guarda las facturas.

Una vivienda en el extranjero

Si tienes la residencia fiscal en España, una vivienda que alquilas en otro país va en la misma pantalla y con las mismas reglas. Después, el impuesto que pagaste allí por esos ingresos se descuenta de tu impuesto en España, para que no pagues dos veces por lo mismo.

Lo que cambia:

Con una vivienda en el Reino Unido presentas además la declaración británica (Self Assessment), hasta el 31 de enero. El año fiscal británico va del 6 de abril al 5 de abril, así que hay que tener cuidado con qué meses corresponden a cada año español.

Comprobar, presentar y pagar

  1. Comprueba las cifras de la vivienda con tus propios totales antes que nada: ingresos, cada casilla de gastos, la amortización y los días.
  2. Pulsa Validar. Renta WEB te enseña lo que falta o no cuadra. Corrige todos los errores antes de presentar.
  3. Preséntala con Presentar declaración y descarga el PDF y su justificante. Ese PDF es tu prueba de presentación.
  4. Paga o cobra la devolución. Si te sale a pagar, paga todo hasta el 30 de junio, o el 60 % hasta el 30 de junio y el 40 % hasta el 5 de noviembre. El pago domiciliado se cierra unos días antes: el año pasado, el 25 de junio.

Guarda los papeles al menos cuatro años desde que termina el plazo de presentación, que es el tiempo que tiene Hacienda para revisar una declaración. La escritura, las mejoras y todo lo que arrastres, guárdalos mientras tengas la vivienda, porque los años siguientes dependen de ellos.

Si encuentras un error después de presentarla, puedes corregirlo en Renta WEB con una autoliquidación rectificativa, tanto si te sale a pagar más como si te tienen que devolver. Corregirlo tú antes de que Hacienda te lo pida sale mucho más barato que esperar: un recargo desde el 1 %, frente a sanciones del 50 % al 150 % del impuesto cuando lo descubren ellos.

Errores frecuentes

Hacerlo con Host Frontera

Host Frontera lleva tus reservas y tus gastos a lo largo del año y después te muestra cada cifra de esta guía en el orden en que la pide Renta WEB, casilla a casilla, lista para copiar. La parte del año alquilada, el límite y lo que se arrastra, la imputación de rentas y la amortización se calculan por ti, y cada línea enseña cómo. Únete a la beta.

Fuentes

Volver a las guías